La devolución de una fracción de los aportes realizados a las administradoras de fondo de pensiones (AFP) es factible si se siguen ciertos parámetros de préstamo, explica la Fundación Milenio en su informe 463.
El análisis surge mientras diversos sectores sociales plantean la devolución de aportes de las AFP como alternativa para paliar la crisis económica y el desempleo ocasionado en Bolivia en el contexto de la pandemia del coronavirus, mientras que otros economistas advierten de los riesgos de esta posibilidad.
“Asumiendo que saben que se trata de un sacrificio futuro, proponemos que los individuos en situación de cesantes puedan tomar prestada una fracción del fondo para reponerlo más adelante. No se trataría de un retiro de sus cuentas individuales, sino de un préstamo basado en el valor de su cuenta individual”, explica la fundación.
El documento explica que la idea de un préstamo evitará el deterioro de los fondos previsionales, algo que ocurriría si se tratara exclusivamente de retiros. “Además, es consistente con minimizar los efectos macroeconómicos adversos ligados a lo que hemos denominado retiro puro”, dice el informe.
En esta línea, Milenio propone que los aportantes, titulares de cuentas individuales en el sistema previsional, puedan escribir pagarés y las AFP aceptarlos.
Estos pagarés serían suscritos por los cuentahabientes que hubieran perdido el empleo dentro de los tres meses previos, y cumplan condiciones, como el máximo de tres pagarés, distanciados un mes entre ellos, y el monto máximo de un salario mínimo por cada pagaré. “En la mayoría de los casos, no reemplazará el salario perdido, pero mitigará el impacto de la caída de ingresos. La mitigación será mayor para los que tienen bajos ingresos”, explica Milenio.
El monto agregado de los pagarés no debería ser mayor al 25 por ciento del valor de la cuenta individual, medida al momento de solicitud. Esto permitiría que se efectúen retiros proporcionalmente más altos en las cuentas pequeñas, que típicamente pertenecerán a aportantes jóvenes, que por tanto tendrán más tiempo para reponer los montos retirados.
Los pagarés estarían expresados en cuotas del fondo y la obligación se mantendría en la misma unidad de medida. Esto impone una tasa de interés implícita, pero no ambigua, y fácilmente comprensible por los suscriptores. La tasa del pagaré sigue la misma suerte que el resto del fondo. En este caso, además, el plazo tiene una importancia secundaria, en la medida que la tasa se ajusta de manera automática e inambigua.
Finalmente, el plazo máximo de repago sería el día en que el suscriptor inicie su solicitud de acceso a la pensión. Así se pueden otorgar plazos muy generosos al suscriptor, sin requerimiento de acciones judiciales de cobro.
La propuesta engrana en un marco legal
La propuesta de Milenio puede perfectamente engranar en el sistema legal vigente, aunque la fundación reconoce que pueden hacer falta un conjunto de leyes y decretos reglamentarios que requieren más de una voluntad política que de un problema legal.
Una de las principales cuestionantes, por ejemplo, es qué ocurriría con quienes no pongan al día sus obligaciones con los pagarés.
Una posibilidad es que sólo accedan a los recursos del fondo solidario los suscriptores que no tienen pagarés pendientes.
“Dado que el valor presente de los recursos del fondo solidario incorporado en una pensión siempre excederá por mucho el valor de los pagarés no absueltos, habrá el incentivo correcto para que los peticionario de pensión acudan a recursos alternativos para cumplir su obligación”, explica Milenio.
La fundación recuerda que los aportantes que no acceden al fondo solidario son los asalariados de niveles altos, por lo que no será mayor problema que cumplan con la obligación contraída.
“En caso extremo, los pagares se descontarían del saldo acumulado al momento de solicitar la jubilación”, explica.
El cumplimiento de la obligación es fundamental dado que los pagarés serían parte del fondo (según el diseño planteado), y el incumplimiento causaría una pérdida para todos los aportantes.
“Sería inadmisible que los que cumplieron sus obligaciones subsidien a los que no lo hicieron”, concluye el análisis de Milenio.
23 de julio de 2020
Fuente: Los Tiempos
Descargar “Coy 463 - El desempleo y el sistema de pensiones” Descargado 1603 veces